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Estudio de Medicina Nuclear
OBRA SOCIAL OBLIGADA A CUMPLIR PRESTACION
En una tendencia que crece, un juez ordenó a una obra social que cubra los gastos de un estudio de medicina nuclear en favor de una mujer que padecía cáncer de páncreas.

El fallo, esta vez contra Unión Personal, fue dictado por el magistrado en lo civil y comercial federal Marcelo Eugenio Warthelet, el mismo día en que la defensora oficial Silvia Otero Rella le pidió al magistrado que se expidiera.

Este no es el primer fallo de estas características, pero marca una tendencia que se viene repitiendo en las últimas semanas y se suma a la famosa polémica sobre enfermedades preexistentes.

Se trata de obras sociales que se oponen a cubrir los costos para que afiliados recientes se hagan un nuevo estudio llamado PeT Scan, una tomografía por emisión de positrones que comenzó a implementarse en el país y que implica un elevado costo por tarifas dolarizadas.

Según indicó la Defensoría General de la Nación, esta nueva causa se inició con la presentación de una mujer de 57 años que comenzó a tener problemas de salud en diciembre de 2005, cuando se encontraba afiliada, en razón de su trabajo, a la Obra Social de Empleados Municipales de La Matanza. Luego de una serie de estudios y análisis, hace un año le detectaron un carcinoma pancreático, del cual fue operada.

En enero de 2007, la mujer cambió de trabajo y, por lo tanto, también se traspasó de obra social: a partir de ese momento pasó a tener Unión Personal.

Al presentar diversos dolores y sintomatología, los medios del Hospital de Clínicas le ordenaron la realización del estudio denominado Pet Scan.

Al ser rechazado el pedido por la obra social, la mujer se presentó en la Defensoría Oficial y se inició la acción de amparo correspondiente.

De inmediato, el juez Warthelet analizó el recurso presentado y ordenó que se le requiriese a la obra social un “informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamentos de la medida”, es decir de la negativa.

Al mismo tiempo, el magistrado evaluó la existencia de los presupuestos para la aplicación de medidas de amparo y resolvió “hacer lugar a la medida cautelar peticionada” y ordenar que la mujer fuera sometida al estudio indicado por su médico tratante en las siguientes 48 horas.

El Cronista - 27/07/07



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